CONANI admite cambio de “hombre y mujer” por “personas” en anteproyecto que redefine el concepto de familia

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Bajada: El organismo sostiene que la modificación busca reconocer distintas estructuras familiares y que no abre la adopción a parejas del mismo sexo. Sin embargo, sectores conservadores reclaman mayor claridad jurídica y cuestionan que una reforma de protección infantil altere conceptos sensibles relacionados con familia, patria potestad y crianza.

Las Noticias Como Son, SANTO DOMINGO, REPÚBLICA DOMINICANA.– El Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (CONANI) reconoció que el anteproyecto para actualizar la Ley 136-03 utiliza en algunas de sus definiciones el término “personas” sin especificar “hombre y mujer”, un cambio que ha encendido el debate sobre la concepción jurídica de la familia en República Dominicana. La institución asegura que la modificación no contradice la Constitución ni pretende reconocer la adopción por parejas del mismo sexo.

La controversia surge alrededor del borrador de un nuevo Código de Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia, elaborado dentro de un proceso de actualización de la legislación vigente impulsado por CONANI y el Gabinete de Niñez y Adolescencia (GANA). CONANI mantiene además un portal oficial dedicado al proceso de reforma de la Ley 136-03.

Desde una óptica conservadora, la discusión no debería reducirse simplemente a si una determinada frase produce inmediatamente un cambio en las reglas de adopción. El debate de fondo está en por qué una legislación destinada a proteger a niños y adolescentes necesita sustituir o hacer menos explícitas determinadas referencias tradicionales al hombre y la mujer cuando se aborda una institución tan fundamental como la familia.

CONANI reconoce que el texto habla de “personas”

La aclaración más importante llegó del propio CONANI.

En una comunicación firmada por su presidenta ejecutiva, Ligia Pérez Peña, y remitida al director de Ensegundos.do, José Peguero, la institución reconoció que algunas definiciones del anteproyecto emplean la palabra “personas” sin especificar “hombre y mujer”.

CONANI sostiene que la intención es abarcar la realidad de hogares nucleares, monoparentales, extendidos, reconstituidos, de crianza y aquellos en los que otros familiares o cuidadores cumplen funciones de protección de los menores.

El organismo insiste, sin embargo, en que el cambio no tiene como finalidad crear una categoría jurídica de familias homosexuales y afirma que toda la propuesta debe interpretarse dentro de los límites establecidos por la Constitución dominicana.

Este reconocimiento resulta relevante porque confirma que la discusión sobre la terminología no surgió únicamente de rumores en redes sociales: el cambio de lenguaje existe, aunque existe una fuerte disputa sobre cuáles podrían ser sus consecuencias jurídicas.

CONANI niega que el proyecto permita adopción por parejas del mismo sexo

Otro de los puntos que mayor preocupación ha generado es el régimen de adopciones.

La investigadora y médica cirujana Magdalena Piña Dirocié sostuvo públicamente que determinadas disposiciones del borrador podrían abrir una vía jurídica para que parejas del mismo sexo, particularmente uniones reconocidas legalmente en otros países, intenten adoptar niños dominicanos.

Piña Dirocié también ha cuestionado otros aspectos del borrador relacionados con patria potestad, educación sexual, derechos reproductivos de adolescentes, migración y participación de organismos internacionales en el proceso de elaboración de la reforma.

Esa interpretación sobre la adopción homosexual es rechazada expresamente por CONANI.

La institución explicó que el artículo 235 del anteproyecto determina quiénes pueden participar como adoptantes y afirmó que las parejas del mismo sexo no figuran entre las categorías autorizadas. Telemicro publicó posteriormente la misma aclaración oficial de CONANI.

Por tanto, con la información disponible hasta ahora, no puede afirmarse como un hecho que el anteproyecto legalice la adopción por parejas del mismo sexo.

Lo que sí puede afirmarse es que existen sectores que consideran que determinadas modificaciones de lenguaje podrían generar futuras controversias interpretativas, mientras CONANI asegura exactamente lo contrario.

La Constitución mantiene referencias expresas al hombre y la mujer

El argumento constitucional es especialmente importante.

El artículo 55 de la Constitución dominicana protege la familia como fundamento de la sociedad y establece expresamente referencias al hombre y la mujer al regular tanto el matrimonio como las uniones estables.

El Tribunal Constitucional dominicano ha reiterado, por ejemplo, que el numeral 5 del artículo 55 reconoce como unión de hecho con efectos jurídicos la unión singular y estable entre un hombre y una mujer libres de impedimento matrimonial.

CONANI utiliza precisamente ese artículo para defender su posición: sostiene que aunque el nuevo Código utilice términos más amplios como “personas” en determinados apartados, ninguna norma inferior puede interpretarse desconociendo la Constitución.

Ese razonamiento tiene peso jurídico.

Pero desde una perspectiva conservadora también existe una pregunta legítima: si el marco constitucional ya proporciona una definición y una protección claramente establecidas, ¿por qué introducir una terminología susceptible de generar una controversia que podría evitarse con una redacción mucho más precisa?

La protección de niños criados por abuelos, tíos, tutores, madres solteras, padres solteros o familias de crianza puede establecerse claramente sin necesidad de crear incertidumbre sobre otros conceptos jurídicos.

Las críticas van más allá de la definición de familia

Piña Dirocié ha presentado cuestionamientos más amplios al anteproyecto.

Según su exposición recogida por Agenda56 y Ensegundos.do, el borrador tendría alrededor de 770 artículos, frente a los 484 de la Ley 136-03 vigente, y modificaría extensamente el sistema de protección a la infancia. Esa cifra procede de la exposición de la investigadora y de los medios que difundieron su análisis.

Entre sus preocupaciones figuran disposiciones relacionadas con:

  • el ejercicio de la autoridad parental;
  • derechos sexuales y reproductivos de los adolescentes;
  • disposiciones contra la discriminación por idioma o situación migratoria;
  • nuevas definiciones de familia;
  • y las condiciones aplicables a los procesos de adopción.

Estas críticas no deben presentarse como conclusiones jurídicas definitivas. Son objeciones e interpretaciones formuladas por una de las voces que se opone al borrador, y varias de ellas son rechazadas por CONANI.

Precisamente por tratarse de una reforma de gran alcance, el texto merece un análisis público artículo por artículo antes de avanzar hacia una eventual aprobación legislativa.

Una reforma de esta magnitud necesita transparencia

Quienes defendemos el valor de la familia, la autoridad responsable de los padres y el derecho de una nación a preservar sus propias instituciones culturales no tenemos por qué oponernos a modernizar una ley simplemente porque sea antigua.

La Ley 136-03 fue promulgada hace más de dos décadas y es perfectamente razonable corregir deficiencias, actualizar procedimientos y mejorar los mecanismos para proteger a niños víctimas de abandono, violencia o abuso.

Pero modernizar no debe convertirse automáticamente en modificar conceptos esenciales sin una explicación exhaustiva ante la sociedad dominicana.

Cuando se habla de familia, patria potestad, educación de menores o adopción, el estándar de transparencia debe ser todavía mayor.

La discusión que está ocurriendo en República Dominicana tiene paralelos con debates que durante años se han producido en Estados Unidos y otras democracias occidentales: pequeñas modificaciones de terminología jurídica pueden parecer inicialmente administrativas, pero posteriormente adquirir importancia en tribunales, reglamentos y políticas públicas.

Eso no significa que ese sea necesariamente el propósito del actual anteproyecto dominicano. No existe evidencia suficiente para atribuirle intenciones que CONANI niega expresamente.

Sí significa, sin embargo, que los dominicanos tienen derecho a exigir que cada palabra sea explicada.

Contexto: qué está confirmado y qué sigue en discusión

Hasta este momento están confirmados varios elementos fundamentales.

CONANI coordina un proceso para actualizar integralmente la Ley 136-03.

La institución ha reconocido que algunas definiciones del borrador utilizan “personas” en lugares donde no se especifica “hombre y mujer”.

CONANI sostiene que el cambio persigue incluir distintas realidades familiares y de cuidado existentes en República Dominicana, no modificar el matrimonio reconocido constitucionalmente.

También afirma que las parejas del mismo sexo no están contempladas como adoptantes conjuntos en el artículo 235 del anteproyecto.

Por otro lado, Magdalena Piña Dirocié y otros críticos entienden que la combinación de nuevas definiciones de familia, uniones de hecho y normas sobre adopción podría generar interpretaciones más amplias en el futuro. Esa es una advertencia jurídica y política, no un resultado legal actualmente confirmado.

El debate, por tanto, apenas comienza.

Para los sectores conservadores y cristianos de República Dominicana, la respuesta más responsable no debería ser ignorar la reforma ni aceptar automáticamente cada explicación oficial. Debe ser examinar el texto, exigir precisión y defender que cualquier modificación mantenga inequívocamente la protección constitucional de la familia y el papel fundamental de padres y madres en la crianza de sus hijos.

Una legislación destinada a proteger a los menores debe comenzar precisamente por evitar dudas innecesarias sobre las instituciones llamadas a protegerlos.

Fuentes consultadas

1. CONANI — Proceso oficial de actualización de la Ley 136-03
Portal institucional sobre el proceso de revisión integral de la legislación de protección de niños, niñas y adolescentes.
https://conani.gob.do/reforma_Ley_136_03/portal_conani.html

2. Ensegundos.do — “CONANI defiende actualización del concepto de familia sustituyendo ‘hombre y mujer’ por ‘persona’”
Incluye la comunicación remitida por CONANI y firmada por su presidenta ejecutiva, Ligia Pérez Peña.
https://ensegundos.do/2026/08/16/conani-defiende-actualizacion-del-concepto-de-familia-sustituyendo-hombre-y-mujer-por-persona/

3. Telemicro Prensa — “CONANI desmiente versiones sobre adopción de parejas del mismo sexo en reforma a Ley 136-03”
Recoge la aclaración de CONANI del 18 de agosto de 2026 sobre el artículo 235 y el régimen de adopciones.
https://ntelemicro.com/conani-desmiente-versiones-sobre-adopcion-de-parejas-del-mismo-sexo-en-reforma-a-ley-136-03/

4. Agenda56 — “¿Adopción por homosexuales en RD? Investigadora lanza advertencia sobre nuevo proyecto de ley”
Recoge las principales objeciones formuladas por Magdalena Piña Dirocié sobre el anteproyecto.
https://agenda56.com/adopcion-por-homosexuales-en-rd-investigadora-lanza-advertencia-sobre-nuevo-proyecto-de-ley/

5. Tribunal Constitucional de la República Dominicana — artículo 55 y uniones de hecho
Fuente institucional para verificar el marco constitucional dominicano relativo a las uniones estables entre hombre y mujer.
https://www.tribunalconstitucional.gob.do/sala-de-prensa/noticias/tribunal-constitucional-reitera-que-las-relaciones-de-hecho-generan-derechos/

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