Circulan en redes sociales más videos de miembros de la @policiard visitando negocios de manera arbitraria exigiendo su cierre.
El solo hecho de un policía entrar a un negocio sin una orden de un juez o fiscal es una violacion de los derechos constitucionales del ciudadano.
No hablemos entonces de exigirle al trabajador pagador de impuestos que cierre su negocio o retire mercancía que también paga impuestos.
En la República Dominicana, la policía no puede entrar a tu negocio sin una orden judicial o el consentimiento del propietario, ya que el domicilio y sus lugares de trabajo están protegidos constitucionalmente. La única excepción es en situaciones de flagrante delito (cometiendo el crimen en ese momento), peligro inminente o auxilio urgente.
Aspectos clave sobre la actuación policial en negocios (RD):
- Orden Judicial: Para registrar, buscar pruebas o intervenir en un local, se requiere una orden firmada por un juez competente.
- Excepciones de Entrada: Según se explica en este video de Instagram y se detalla en la Constitución de la República Dominicana, la policía solo puede entrar sin orden en casos de flagrancia (persecución de un delincuente) o defensa por peligro inminente.
- Protección Constitucional: Las leyes orgánicas de la policía, como la Ley No. 590-16, establecen que el actuar policial debe respetar los derechos constitucionales, lo que reafirma el derecho a la inviolabilidad del domicilio y local privado.
- Consecuencias de Entrada Ilegal: Si entran sin orden y sin una excepción legal válida, las pruebas obtenidas podrían ser declaradas nulas en un juicio.
Si las autoridades intentan ingresar sin justificación, el propietario puede exigir la orden judicial antes de permitir el acceso.


